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24 marzo, 2023 4:50pm

AGIP ratifica la exención de ingresos brutos a profesionales

Luego de que AGIP saliera a aclarar mediante un simple Tweet que las actividades profesionales continúan estando exentas de este impuesto a los ingresos brutos, seguidamente veremos la respuesta del fisco a la presentación realizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

Ante del revuelo generado por las notificaciones envidas por AGIP al domicilio fiscal electrónico de los profesionales que ejercen su actividad en la Ciudad de Buenos Aires, restaba esperar la respuesta que el organismo brindase a la presentación realizada por el Consejo Profesional con motivo de aclarar esta situación.

Así, luego de más de un mes desde aquello, el Consejo publicó en su página de internet la respuesta recibida por parte del fisco, mediante la cual se aclara la controversia.

ingresos brutos

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Visto ello, habrá que mantener el criterio seguido hasta el momento y verificar en cada caso en particular si el contribuyente reúne la totalidad de los requisitos establecidos en la normativa fiscal local para gozar de la exención que sigue vigente.

Cabe recordar que estos requisitos son: a) que se trate de carreras universitarias de cuya duración no inferior a cuatro años; y b) que el profesional no se encuentre organizado en forma de empresa.

Por último, en oportunidad de la moratoria establecida mediante la ley 27.541, la AGIP señaló en esta misma respuesta que la obtención del Certificado MIPyME, necesario para acceder a los beneficios de la moratoria, no obsta a que el contribuyente profesional mantenga la exención prevista por la normativa local.

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