España.- La nueva normativa europea sobre el etiquetado de carburantes y vehículos entrará en vigor el próximo 12 de octubre por lo que las gasolineras españolas deberán ajustarse junto con el consumidor.
Se trata de la aplicación de la Directiva 2014/94/UE que pretende mejorar la información disponible para los consumidores ante la proliferación de combustibles para sus automóviles.
Nuevos pictogramas y diferentes denominaciones con los que los conductores deberán familiarizarse, aunque con la tranquilidad de saber que durante un periodo no definido de transición convivirán con los actuales conocidos por todos.
Cabe destacar que la normativa define 13 diferentes etiquetas para los combustibles, tanto los derivados del petróleo (gasolina, gasóleo y gas licuado del petróleo) como los biocombustibles, el gas natural comprimido, el hidrógeno y sus mezclas.
En la misma línea, en base al que utiliza cada vehículo, todos los autos nuevos comercializados a partir de la fecha de entrada en vigor de la directiva deberán llevar la etiqueta correspondiente en el tapón de llenado o en la tapa del depósito.
Además de figurar en la información relacionada los manuales de usuarios, en papel o electrónicos, y los servicios digitales del vehículo. La norma es aplicable a los turismos, vehículos comerciales ligeros y pesados, autobuses, ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuadriciclos.
La primera distinción general se refiere a los tipos de combustibles serán de forma redonda los de gasolina, cuadrada los diésel y de rombo para los combustibles gaseosos.
La nueva nomenclatura para las gasolineras españolas
En su interior figuran denominaciones concretas relacionas con los biocomponentes de cada combustibles.
Para la gasolina serán E5 (5% de etanol), E10 (10%) y E85 (85%); en diésel se divide en B7 (7% de biodiesel), B10 (10%) y XTL (diésel sinténtico); para el resto de combustibles figuran H2 (hidrógeno), GNC (gas natural comprimido), gas licuado del petróleo (LPG) y gas natural licuado (LNG).
En las estaciones de servicio el etiquetado estará presente de forma clara en los surtidores, aunque podrán existir diferencias puesto que cada petrolera decide los biocomponentes que añade a su carburante.
Bien es cierto que, desde la Agrupación Española de Vendedores al por menor de Carburantes y Combustibles (AEVECAR) tranquilizan a los consumidores, aclarando que “el nuevo etiquetado informativo para los carburantes ni sustituye ni modifica la información que se ofrece en la actualidad en las estaciones de servicio sobre los carburantes que se suministran en las instalaciones”, según el país.
En conclusión, la necesidad de esta convivencia de nuevo etiquetado con las denominaciones clásicas es evidente por dos razones.
La más obvia es que los conductores de todos los vehículos circulantes no dispondrán de información sobre la nomenclatura actualizada de su coche (no es obligatorio un etiquetado posterior), así que precisan de la denominación convencional para poder seleccionar el combustible elegido en las gasolineras españolas.
Así como los concesionarios de las marcas estarán preparados para asesorar a los clientes de los coches que matriculen a partir del 12 de octubre con el nuevo etiquetado.